Si eres autónomo y trabajas desde tu casa, debes de saber que podrás deducir algunos gastos de suministro de tu vivienda en el IRPF.
De acuerdo con una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 10 de marzo de 2015 y que deja sin efecto el criterio de la Agencia Tributaria; gastos como electricidad, gas o Internet, podrás deducirlos en tu declaración de IRPF.
El criterio de Hacienda es que aquellos autónomos que trabajan desde su casa únicamente podrían deducirse los gastos que se emplean en el desarrollo de su actividad comercial.
Este criterio utilizado por la Agencia Tributaria, resultaba, cuanto menos, un tanto arbitrario. Es indudable que la totalidad del gasto de suministros del hogar no es utilizado en la actividad profesional, sin embargo, tampoco se puede estimar con facilidad la parte del suministro que se puede imputar a la actividad propiamente dicha. En algunos casos ni siquiera la parte proporcional del tiempo que el trabajador autónomo se pasa trabajando.
De cualquier forma, esta sentencia supone una muy buena noticia para los trabajadores autónomos y deberás tenerla en cuenta para tu próxima declaración si eres de los que trabajan desde casa.
Saludos y hasta el próximo post.
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